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El Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras 2026 entrega $1,650 pesos bimestrales por cada menor de 4 años y $3,720 bimestrales por cada niña o niño con discapacidad menor de 6 años. Está dirigido a familias en situación de vulnerabilidad por la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres, cuando la madre, padre solo o tutor trabaja, busca empleo o estudia y no cuenta con un servicio de cuidado infantil.
El programa tiene cobertura nacional y el registro es presencial y gratuito, mediante los Módulos de Bienestar durante los periodos habilitados. Para solicitarlo necesitas identificación, CURP, comprobante de domicilio, acta de nacimiento del menor y documentación de tu situación laboral o educativa. Al 27 de octubre de 2026 no se confirmó una nueva convocatoria nacional de registro, aunque ya existe calendario oficial de pagos del 3 al 27 de noviembre para personas beneficiarias incorporadas.
En resumen
| Dato | Información |
|---|---|
| Programa | Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras |
| Monto general | $1,650 bimestrales por menor |
| Menores con discapacidad | $3,720 bimestrales |
| Edad general | Desde recién nacido y antes de cumplir 4 años |
| Edad con discapacidad | Desde recién nacido y antes de cumplir 6 años |
| Beneficiarios | Familias que cumplen los criterios de vulnerabilidad |
| Cobertura | Nacional |
| Registro | Presencial |
| Modalidades | Cuidado infantil y orfandad materna |
| Máximo ordinario | 3 menores por hogar, salvo nacimientos múltiples |
| Pago | Bimestral |
| Trámite | Gratuito |
| Registro nacional nuevo | Sin fecha confirmada al 27 de octubre |
¿Qué es el Apoyo para Madres Trabajadoras 2026?
El Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras es una iniciativa federal administrada por la Secretaría de Bienestar.
Su finalidad es contribuir al cuidado y educación de menores que viven situaciones de vulnerabilidad debido a la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres.
Aunque es conocido como Apoyo para Madres Trabajadoras, también puede beneficiar a padres solos y personas tutoras que cumplen los requisitos.
El programa funciona mediante dos modalidades:
Modalidad A: Apoyo para el cuidado infantil.
Está dirigida a niñas y niños pequeños cuyos responsables trabajan, buscan empleo o estudian y no cuentan con un servicio de cuidado infantil en los términos establecidos por las reglas.
Modalidad B: Apoyo por orfandad materna.
Está dirigida a niñas, niños, adolescentes y jóvenes que perdieron a su madre y cumplen los requisitos de incorporación.
Ambas modalidades entregan apoyos económicos, pero tienen edades, cantidades y documentos diferentes.
Por eso, antes de registrarte, debes identificar cuál corresponde a tu situación familiar.
¿Cuánto dinero entrega el Apoyo para Madres Trabajadoras en 2026?
Las reglas de operación de 2026 establecen dos cantidades principales para la modalidad de cuidado infantil.
| Situación del menor | Apoyo bimestral |
|---|---|
| Menor de 4 años | $1,650 |
| Menor con discapacidad antes de cumplir 6 años | $3,720 |
El pago se otorga por cada niña o niño incorporado que cumpla los requisitos.
Por ejemplo:
| Menores incorporados | Monto bimestral |
|---|---|
| 1 menor sin discapacidad | $1,650 |
| 2 menores sin discapacidad | $3,300 |
| 3 menores sin discapacidad | $4,950 |
| 1 menor con discapacidad | $3,720 |
| 2 menores con discapacidad | $7,440 |
Estos ejemplos consideran que todos los menores mencionados cumplen los requisitos y fueron incorporados.
La cantidad de $3,720 no es un complemento que se sume automáticamente a los $1,650. Es el monto correspondiente a la categoría de discapacidad.
El programa permite apoyar ordinariamente hasta tres menores por hogar en un mismo periodo, con una excepción para nacimientos múltiples.
Registrarse no garantiza recibir el apoyo, porque la incorporación depende de la revisión de requisitos, los espacios disponibles y el presupuesto.
¿Quiénes pueden solicitar los $1,650 bimestrales?
La modalidad de cuidado infantil está dirigida a madres, padres solos o tutores que tienen a su cargo niñas o niños pequeños en las condiciones previstas por el programa.
Los requisitos principales son:
- Estar trabajando, buscando empleo o estudiando.
- No contar con servicio de cuidado y atención infantil mediante instituciones públicas de seguridad social u otros medios, conforme a las reglas.
- Tener bajo responsabilidad a una niña o niño menor de 4 años.
- Presentar la documentación personal y del menor.
- Cumplir los criterios de vulnerabilidad y el procedimiento de incorporación.
La Secretaría de Bienestar da atención prioritaria a localidades indígenas, afromexicanas y comunidades con alto o muy alto grado de marginación.
Esto no significa que el programa solamente exista en esas localidades.
Su cobertura es nacional, pero la incorporación se realiza conforme a los criterios oficiales y la disponibilidad del programa.
No todas las personas que tienen hijos pequeños califican automáticamente.
Es indispensable cumplir las condiciones familiares y de cuidado infantil establecidas en las reglas de operación.
¿Quiénes pueden recibir los $3,720 por un menor con discapacidad?
El programa contempla un monto especial para niñas y niños con discapacidad.
Este apoyo es de $3,720 pesos bimestrales por cada menor incorporado que todavía no haya cumplido 6 años.
La madre, padre solo o persona tutora debe cumplir las condiciones de la modalidad de cuidado infantil.
También debe acreditar la situación de discapacidad cuando corresponda.
Si la discapacidad no es visible para el personal de Bienestar, se solicita un certificado médico original expedido por una institución pública de salud o por un médico especialista con cédula profesional.
En determinadas comunidades indígenas, las reglas contemplan mecanismos documentales adaptados a las condiciones locales.
Cumplir 6 años marca el límite de edad de esta modalidad, salvo el tratamiento del último bimestre previsto por las reglas.
Este apoyo no debe confundirse con la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, que es un programa diferente.
¿Qué documentos necesitas para solicitar el apoyo?
Las reglas de operación de 2026 establecen documentos para comprobar la identidad del adulto responsable, la situación familiar y los datos del menor.
Documentos de la madre, padre solo o tutor
- Identificación oficial vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio actualizado.
- Escrito libre bajo protesta de decir verdad donde indiques si trabajas, buscas empleo o estudias.
- Constancia de estudios, cuando corresponda.
- Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, conforme a los requisitos de la modalidad.
Las personas tutoras están exceptuadas del requisito de las cartas de no afiliación señalado en las reglas.
Documentos de cada menor
- Acta de nacimiento.
- CURP.
- Certificado médico de discapacidad cuando corresponda.
Debes llevar copias y presentar los documentos originales para cotejo.
La identificación debe estar vigente y los datos personales deben coincidir.
En algunas localidades con condiciones especiales de acceso, las reglas permiten documentos alternativos.
Antes de acudir, consulta las instrucciones de tu Módulo de Bienestar.
¿Cómo comprobar que trabajas, buscas empleo o estudias?
Uno de los requisitos más importantes es acreditar la situación de la madre, padre solo o tutor.
Para ello, las reglas de operación contemplan un escrito libre bajo protesta de decir verdad.
En ese documento debes manifestar si trabajas, estás buscando empleo o estudias.
Si eres estudiante, también debes presentar una constancia emitida por tu institución educativa.
No debes inventar una relación laboral ni presentar información falsa para obtener el apoyo.
La autoridad puede verificar los datos proporcionados durante el procedimiento de incorporación.
Si tienes dudas sobre cómo elaborar el escrito, solicita orientación en el módulo antes de presentar la documentación.
El trámite no requiere contratar un gestor.
¿Cómo solicitar el Apoyo para Madres Trabajadoras paso a paso?
El procedimiento oficial de incorporación es presencial.
Estos son los pasos generales:
Paso 1. Identifica la modalidad que corresponde a tu familia.
Comprueba si necesitas solicitar el apoyo de cuidado infantil o el correspondiente a orfandad materna.
Paso 2. Revisa los requisitos.
Verifica la edad de cada menor y tu situación como madre, padre solo o tutor.
Paso 3. Reúne los documentos.
Prepara identificación, CURP, comprobante de domicilio, actas de nacimiento y documentación adicional.
Paso 4. Consulta la disponibilidad del registro.
Comunícate con Bienestar para confirmar si existe un periodo de incorporación habilitado en tu localidad.
Paso 5. Acude al Módulo de Bienestar.
Cuando corresponda, presenta los documentos y proporciona la información solicitada.
Paso 6. Completa la solicitud.
El personal autorizado realiza el procedimiento de captura mediante los formatos oficiales.
Paso 7. Espera la revisión.
La información se verifica para determinar si procede la incorporación.
Paso 8. Atiende las instrucciones sobre el pago.
Si eres incorporado, la autoridad te indicará el mecanismo correspondiente para recibir el apoyo.
Presentar la solicitud no significa que el dinero será depositado inmediatamente.
¿El registro de Madres Trabajadoras está abierto en octubre de 2026?
Las reglas de operación del programa permanecen vigentes durante 2026.
Sin embargo, eso no significa que exista una convocatoria de incorporación abierta todos los días del año.
Al 27 de octubre de 2026 no se identificó una nueva convocatoria nacional que establezca fechas de registro para este mes.
La incorporación depende de los procedimientos organizados por la Secretaría de Bienestar y sus delegaciones.
Además, las reglas establecen que el orden de incorporación considera la fecha de registro, los espacios disponibles por bajas y la disponibilidad presupuestaria.
Por eso, es importante evitar anuncios que aseguren que todas las madres pueden registrarse inmediatamente sin comprobar una convocatoria.
Para conocer la situación en tu localidad, utiliza los canales oficiales.
Línea de Bienestar: 800 639 4264.
También puedes consultar:
¿Cuándo será el próximo pago de Madres Trabajadoras?
La Secretaría de Bienestar confirmó el 27 de octubre de 2026 el calendario de pagos correspondiente al bimestre noviembre-diciembre.
Los depósitos se realizarán del martes 3 al viernes 27 de noviembre, según la primera letra del primer apellido de las personas beneficiarias.
Este calendario incluye el Programa de Madres Trabajadoras.
Las fechas oficiales son:
| Letra del primer apellido | Fecha de noviembre |
|---|---|
| A | Martes 3 |
| B | Miércoles 4 |
| C | Jueves 5 y viernes 6 |
| D, E, F | Lunes 9 |
| G | Martes 10 y miércoles 11 |
| H, I, J, K | Jueves 12 |
| L | Viernes 13 |
| M | Martes 17 y miércoles 18 |
| N, Ñ, O | Jueves 19 |
| P, Q | Viernes 20 |
| R | Lunes 23 y martes 24 |
| S | Miércoles 25 |
| T, U, V | Jueves 26 |
| W, X, Y, Z | Viernes 27 |
Las letras que aparecen con dos fechas no reciben dos pagos.
Se trata de dos jornadas asignadas para el mismo grupo de apellidos.
El calendario corresponde a personas beneficiarias incorporadas, no a cualquier familia que esté interesada en solicitar el programa.
¿Qué apoyo existe para niñas, niños y jóvenes en orfandad materna?
El Programa de Madres Trabajadoras también contempla una modalidad para menores y jóvenes cuya madre falleció.
Esta modalidad se llama Apoyo para el Bienestar de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes en Orfandad Materna.
Su objetivo es ayudar a cubrir necesidades de cuidado y educación.
Los montos vigentes son:
| Edad de la persona beneficiaria | Apoyo bimestral |
|---|---|
| De recién nacido a 15 años | $830 |
| De 16 a 18 años | $1,130 |
| De 19 a 23 años | $1,240 |
Las cantidades son diferentes de los $1,650 y $3,720 de la modalidad de cuidado infantil.
Para solicitar este apoyo se necesita acreditar el fallecimiento de la madre y presentar los documentos de la persona responsable.
Las reglas también contemplan a hijas e hijos de mujeres que estuvieron afiliadas al antiguo Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia.
La incorporación está sujeta al cumplimiento de las condiciones oficiales.
¿Cómo solicitar el apoyo por orfandad materna?
La persona responsable de las niñas, niños, adolescentes o jóvenes puede acudir a la Delegación de Programas para el Desarrollo o a los Módulos de Atención correspondientes.
Debe presentar, entre otros documentos:
- Identificación oficial de la persona responsable.
- CURP de la persona responsable y de los menores.
- Acta de nacimiento de cada beneficiario.
- Acta de defunción de la madre.
- Comprobante de domicilio.
- Carta responsiva para administrar los recursos.
Cuando se utiliza un acta de presunción de muerte, debe cumplir la antigüedad máxima prevista por las reglas.
Si la persona responsable no tiene parentesco biológico directo con los menores, pueden solicitarle documentos que acrediten legalmente la responsabilidad sobre su cuidado.
La Secretaría de Bienestar revisa la información antes de determinar si procede la incorporación.
¿Puedo recibir el apoyo si tengo más de un hijo pequeño?
Sí, las reglas permiten incorporar hasta tres niñas o niños por hogar en el mismo periodo, siempre que cada menor cumpla los requisitos.
Por ejemplo, si una familia tiene dos hijos menores de 4 años y ambos son incorporados, el monto ordinario sería de $3,300 bimestrales.
Si son tres menores elegibles sin discapacidad, la suma sería de $4,950.
Para nacimientos múltiples existe una excepción al límite ordinario de tres menores.
No debes asumir que todos los hijos se incorporan automáticamente cuando registras a uno.
Cada menor debe contar con su documentación y cumplir los criterios aplicables.
La autoridad también revisa la disponibilidad de espacios y presupuesto.
¿Qué pasa cuando el menor cumple la edad límite?
Las reglas de operación establecen edades máximas para cada modalidad.
En el apoyo general de cuidado infantil, la cobertura llega hasta un día antes de cumplir 4 años.
Cuando existe discapacidad, llega hasta un día antes de cumplir 6 años.
Si el menor cumple la edad límite durante un bimestre, las reglas contemplan otorgar el pago completo de ese periodo como último apoyo.
Después, deja de cumplir el criterio de edad de esa modalidad.
Esto no significa que automáticamente se incorporará a otro programa social.
Si necesitas otros apoyos, será necesario revisar sus requisitos específicos.
¿Cómo se entregan los pagos del programa?
Las reglas de operación establecen que los apoyos económicos se entregan de manera bimestral.
Los recursos pueden proporcionarse mediante tarjeta bancaria u orden de pago, conforme al mecanismo correspondiente.
Para los pagos ordinarios anunciados en 2026, Bienestar informa depósitos mediante la Tarjeta del Banco del Bienestar.
Si ya recibes el apoyo, puedes consultar tu saldo desde los canales oficiales de la institución bancaria.
El dinero no necesita retirarse exactamente el día señalado en el calendario.
Puedes conservarlo en tu cuenta y utilizarlo posteriormente.
Es importante proteger el NIP y los datos personales.
No entregues tu tarjeta a terceros que prometan adelantar pagos o conseguir nuevos beneficios.
¿Qué hacer si no recibes el depósito?
Si ya eres beneficiaria o beneficiario y tu pago no aparece, primero revisa la fecha asignada a tu apellido.
Comprueba que estás consultando la cuenta correcta y que tu tarjeta funciona.
También es importante verificar que tus datos estén actualizados.
Las reglas contemplan situaciones de retención, suspensión y baja cuando existen inconsistencias o incumplimientos.
Si no encuentras una explicación para la falta de depósito, solicita orientación.
Puedes comunicarte a la Línea de Bienestar: 800 639 4264.
No pagues a personas que ofrezcan desbloquear el dinero.
¿Qué hago ahora?
Si tienes un hijo menor de 4 años
- Verifica que cumples las condiciones familiares y de cuidado infantil.
- Reúne los documentos personales y del menor.
- Prepara el escrito sobre tu situación laboral o educativa.
- Consulta si existe registro habilitado en tu localidad.
- Presenta la solicitud cuando corresponda.
Si tienes un hijo con discapacidad menor de 6 años
Reúne la documentación del menor y el certificado médico cuando sea necesario.
Comprueba los requisitos para solicitar el apoyo bimestral de $3,720.
Si tu hijo está en situación de orfandad materna
Consulta la modalidad especial, prepara los documentos que acrediten el fallecimiento y acude a la Delegación de Bienestar correspondiente.
Si ya eres beneficiario
Revisa la fecha de tu apellido para el pago de noviembre-diciembre de 2026 y consulta tu saldo cuando corresponda.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el Apoyo para Madres Trabajadoras en 2026?
Entrega $1,650 bimestrales por menor de 4 años o $3,720 por menor con discapacidad que no haya cumplido 6 años, según la modalidad y requisitos.
¿Puedo solicitarlo si estoy buscando empleo?
Sí. Buscar empleo está contemplado entre las situaciones admitidas, siempre que cumplas los demás requisitos.
¿Pueden solicitarlo los padres solos?
Sí. El programa incluye a padres solos y personas tutoras que cumplen las condiciones de elegibilidad.
¿Cuántos hijos pueden recibir el apoyo?
Hasta tres menores por hogar en el mismo periodo, salvo la excepción prevista para nacimientos múltiples.
¿El registro está abierto en octubre de 2026?
No se confirmó una nueva convocatoria nacional para octubre. Debes consultar los periodos habilitados por Bienestar.
¿Cuándo será el siguiente pago?
El calendario oficial de noviembre-diciembre de 2026 establece depósitos del 3 al 27 de noviembre para las personas beneficiarias incorporadas.
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Consulta otras noticias sobre programas sociales y ayuda económica familiar en la sección de Apoyos de Ayudas Al Día.
Fuentes oficiales consultadas
Diario Oficial de la Federación: reglas de operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras para 2026, publicadas el 13 de febrero. Confirman montos, modalidades, requisitos, límites de edad y procedimientos.
Consultar reglas de operación 2026
Secretaría de Bienestar: página de documentos oficiales con reglas de operación, catálogos de localidades prioritarias y materiales del programa.
Consultar documentación oficial
Programas para el Bienestar: ficha oficial que explica el apoyo para cuidado infantil, los montos, documentos, registro presencial y Línea de Bienestar.
Consultar Programa de Madres Trabajadoras
Gobierno de México: ficha oficial del trámite de incorporación a la modalidad de cuidado infantil.
Consultar trámite de incorporación
Gobierno de México: ficha de incorporación para niñas, niños, adolescentes y jóvenes en situación de orfandad materna.
Consultar modalidad de orfandad materna
Programas para el Bienestar — 27 de octubre de 2026: confirma el calendario de pagos de noviembre-diciembre, incluidos los depósitos del Programa de Madres Trabajadoras.
Consultar calendario oficial de pagos
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